¿Cuál es el periodo de vigencia?
El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años.
A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años
Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.
¿Cuándo se puede solicitar?
La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
¿Qué sucede si el período de vigencia ha finalizado?
El titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.
Documentación necesaria: Renovación en Centro Médico
Acreditación de identidad y residencia:
DNI o Pasaporte: original en vigor.
Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
En el centro se realizará la foto y deberá proceder a la firma de la solicitud de prórroga.
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